CONTRATO DE DONACIÓN.
CONTRATO DE DONACIÓN QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL C. LILIA VALENTINA ORTEGA AGUILAR DE QUIÑONEZ, QUE EN LOS SUCESIVO SE DENOMINARÁ EL "DONANTE" Y POR LA OTRA EL C.LUIS ENRIQUE GARCÍA ORTEGA, QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ EL "DONATARIO", QUE SE OBLIGAN AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES
I. Declara el DONANTE:
a.- Ser mayor de edad y tener capacidad jurídica para obligarse en este contrato.
b.-Declara ser único propietario del inmueble objeto de la presente donación, conforme el documento que se adjunta como anexo en el presente contrato.
c.-Declara tener su domicilio ubicado en Guadalupe Victoria número 380 de la Colonia Cuauhtémoc de ésta ciudad de Ensenada Baja California.
II. Declara el DONATARIO:
a. -Ser mayor de edad y tener capacidad jurídica para obligarse en este contrato.
b.-Declara conocer el objeto de la presente donación y estar conforme en recibir la donación motivo del presente contrato.
c.-Declara tener su domicilio ubicado en Guadalupe Victoria número 380 de la Colonia Cuauhtémoc de ésta ciudad.
Manifiestan ambas partes su conformidad para sujetarse conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. El DONANTE enajena a título gratuito a favor del DONATARIO, el inmueble que se describe en el documento que se adjunta como anexo.
SEGUNDA. El DONANTE entrega al DONATARIO el bien inmueble materia de este contrato libre de todo gravamen y sin limitación alguna de traslado de dominio.
TERCERA. El DONANTE entrega al DONATARIO el bien inmueble objeto del presente contrato, en el momento en que se firma al presente contrato.
CUARTA. El DONANTE se obliga al saneamiento en caso de evicción en los términos de los artículos aplicables del Código Civil.
QUINTA. Declara ambos contratantes que se concurrirán para los efectos de protocolización e inscripción de este contrato en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, ante Notario Público, sin perjuicio de que surta todos sus efectos legales desde el momento de la firma del presente documento.
SEXTA. Para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para todo lo no previsto en el mismo, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales de la ciudad de Ensenada Baja California, por lo que renuncian expresamente al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro pudiera corresponderles.
Leído que fue el presente contrato y enteradas las partes de su contenido y alcances, lo firman en la ciudad de Ensenada Baja California, en fecha cinco de Noviembre del año dos mil.
DONANTE _____________________________
LILIA VALENTINA ORTEGA AGUILAR DE QUIÑONEZ.
DONATARIO ___________________________
LUIS ENRIQUE GARCÍA ORTEGA.
TESTIGO ___________________________
GLORIA LUZ ORTEGA AGUILAR.
TESTIGO _______________________________
MARICELA ORTEGA AGUILAR.
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